Performance Clase B (CS-23): Teoría de ascenso, crucero y descenso
Ascenso En Ruta (AEO)
Todos los aviones Clase B deben ser capaces de ascender a una altitud de crucero segura.
- Gradiente Mínimo: típicamente 300 ft/min de régimen de ascenso a nivel del mar o un gradiente especificado a una altitud mayor (ej. 5.000 pies o MSA).
En Ruta (Un Motor Inoperativo - OEI)
Aviones Monomotor
- Si el motor falla, el avión descenderá.
- Requisito: El vuelo debe planificarse de tal manera que, en caso de fallo de motor, el avión pueda planear hasta un sitio de aterrizaje adecuado.
- Techo de Nubes: Las operaciones sobre nubes están restringidas si el piloto no puede descender visualmente en una emergencia.
Aviones Multimotor
- Deben ser capaces de continuar el vuelo o aterrizar con seguridad.
- Techo de Servicio (OEI): La altitud donde el régimen de ascenso es 50 ft/min.
- Requisito de Ruta: El avión debe ser capaz de mantener una altitud sobre la Altitud Mínima de Seguridad (MSA) a lo largo de la ruta, usualmente 1.000 pies sobre el terreno (2.000 pies en áreas montañosas).
- Si el avión no puede mantener la MSA con un motor, debe obedecer restricciones similares a los aviones monomotor (contacto visual con el terreno, proximidad a campos de desvío).
Descenso y Aterrizaje
La planificación del descenso debe tener en cuenta:
- Viento: Los vientos de cara aumentan el ángulo de descenso relativo al suelo.
- Potencia: El descenso suele ser con potencia para gestionar las temperaturas del motor (evitando enfriamiento por choque).
- Masa de Aterrizaje: Debe estar por debajo de la Masa Máxima Estructural de Aterrizaje (MSLM) y la Masa de Aterrizaje Limitada por Performance (PLLM) en el destino.