Reglas de Vuelo Visual (VFR): Mínimos VMC, SVFR y Transición a IFR

010-05-04Pablo Asensio Martínez2026-04-012 min

Las Reglas de Vuelo Visual (VFR) permiten volar basándose en referencias visuales externas.

Condiciones Meteorológicas Visuales (VMC)

Para volar VFR, deben existir condiciones VMC (visibilidad y distancia de nubes) iguales o superiores a los mínimos especificados para la clase de espacio aéreo. Si la altitud es menor de 1000 pies AGL (o 3000 ft AMSL según la zona), el requisito suele ser volar libre de nubes y con la superficie a la vista (Clear of Clouds and in Sight of the Ground - CCISG).

Limitaciones Generales

Salvo autorización, los vuelos VFR no se operarán:

  • Por encima de FL200 (nivel de vuelo 200).
  • A velocidades transónicas o supersónicas.

VFR Especial (SVFR)

Un vuelo VFR Especial es un vuelo VFR autorizado por ATC para operar dentro de una zona de control (CTR) en condiciones meteorológicas inferiores a las VMC.

Requisitos para el piloto (aviones):

  1. Volar libre de nubes y con la superficie a la vista.
  2. Visibilidad de vuelo no inferior a 1.500 m (800 m para helicópteros).
  3. Velocidad de 140 kts IAS o menos.
  4. Solo de día (salvo permiso de la autoridad).

Restricción de ATC: No se emitirá una autorización SVFR para despegar o aterrizar si:

  • La visibilidad en tierra es menor de 1.500 m.
  • El techo de nubes (ceiling) es menor de 180 m (600 ft).

Cambio de VFR a IFR

Un piloto VFR que desee cambiar a IFR debe comunicar los cambios al plan de vuelo actual o, si está en espacio aéreo controlado, solicitar autorización antes de proceder IFR.

Una aeronave IFR que encuentre VMC no cancelará su vuelo IFR a menos que se anticipe que el vuelo continuará en VMC ininterrumpidas por un tiempo razonable.