Certificado de Aeronavegabilidad (CofA): Emisión, Validez y Responsabilidades del Estado

010-02-02Pablo Asensio Martínez2026-04-012 min

El Certificado de Aeronavegabilidad (CofA) es un documento oficial emitido por el Estado de Matrícula que confirma que la aeronave cumple con los estándares de diseño y construcción aprobados por dicho Estado y es segura para volar de acuerdo con los requisitos de aeronavegabilidad aplicables.

Emisión y Validez (OACI Anexo 8)

  • Emisión: El CofA es emitido por un Estado Contratante basándose en pruebas satisfactorias de que la aeronave cumple con los aspectos de diseño de los requisitos de aeronavegabilidad apropiados (3.2.1).
  • Estado de Matrícula: Es la autoridad responsable de asegurar la aeronavegabilidad continua de la aeronave.
  • Requisito Legal: Ninguna aeronave operará a menos que tenga un CofA válido emitido o convalidado por el Estado de Matrícula.

Validez Continua

Un CofA se renovará o permanecerá válido siempre que el Estado de Matrícula requiera que la aeronavegabilidad continua de la aeronave se determine mediante:

  1. Una inspección periódica a intervalos apropiados.
  2. O, alternativamente, mediante un sistema de inspección aprobado por el Estado que produzca un resultado equivalente (3.2.3).

Pérdida temporal de validez: Cualquier fallo en mantener una aeronave en condiciones de aeronavegabilidad la hace inelegible para operar hasta que sea restaurada a una condición de aeronavegabilidad (3.5).

Daños a la aeronave

Si una aeronave sufre daños, el Estado de Matrícula debe juzgar si el daño es tal que la aeronave ya no es aeronavegable (3.6.1).

  • Si el daño ocurre en otro Estado, ese Estado puede impedir que la aeronave reanude el vuelo hasta que se notifique al Estado de Matrícula.
  • Si el Estado de Matrícula considera que la aeronave no es aeronavegable, prohibirá el vuelo hasta que sea reparada.
  • En circunstancias excepcionales, se puede permitir un vuelo sin pasajeros de pago a un aeródromo donde pueda ser reparada, con condiciones limitantes específicas (3.6.3).

Responsabilidades del Estado de Diseño

Hasta el 25 de noviembre de 2026, el Estado de Diseño debe asegurar que exista un programa de integridad estructural continua para aviones de más de 5700 kg, incluyendo información específica sobre prevención y control de la corrosión (4.2.1.1).