Medidas Preventivas de Seguridad: Screening, Control de Armas y Reinspección
Prevención de Objetos Peligrosos
Los Estados deben prevenir la introducción a bordo de:
- Armas no autorizadas.
- Explosivos.
- Dispositivos que puedan usarse para interferencia ilícita.
Nota: Baterías parcialmente cargadas o líquidos no son intrínsecamente "prohibidos" por el Anexo 17 como categoría general al mismo nivel que armas y explosivos, aunque están sujetos a restricciones de LAGs (Líquidos, Aerosoles y Geles) en los controles.
Pasajeros y Equipaje
- Si hay mezcla entre pasajeros filtrados y no filtrados, los pasajeros y su equipaje deben ser re-inspeccionados (rescreened) antes de abordar.
- Pasajeros especiales: El operador y el Comandante deben ser informados cuando viajen pasajeros sujetos a procesos judiciales/administrativos (presos, deportados). No se requiere su "permiso", solo la notificación.
Transporte de Armas
- Oficiales encargados de hacer cumplir la ley (Law Enforcement Officers): Requieren autorización especial.
- Otros casos: Las armas deben ir descargadas y en un lugar inaccesible durante el vuelo.
- Piloto al mando: Debe ser notificado del número de personas armadas y su ubicación.
Aeronaves Grandes
Para aeronaves de más de 45,500 kg o >60 pasajeros, el diseño interior debe considerar características que dificulten ocultar armas/explosivos y faciliten su búsqueda.