# Facilitación OACI Anexo 9: Documentación de Entrada/Salida y Procedimientos de Inadmisibles

> Comprende los requisitos de facilitación del Anexo 9 para entrada y salida de aeronaves: documentos, tripulación, inadmisibles y equipaje extraviado.

- **Asignatura:** 010 — Legislación aeronáutica
- **Sección:** 010-10 — Facilitación (Anexo 9 OACI)
- **Código de tema:** 010-10-02
- **Última revisión:** 2026-03-27
- **Autor:** Pablo Asensio Martínez
- **Versión HTML:** https://pilotsyllabus.com/es/air-law/facilitation-icao-annex-9/entry-and-departure-of-aircraft/

---

## Documentación y Procedimientos
El **Anexo 9 (Facilitación)** establece normas para acelerar el despacho de personas y bienes, evitando retrasos innecesarios.

*   **Declaración General (General Declaration):** Documento básico que incluye información del vuelo, tripulación y número de pasajeros. Si se requiere, puede incluir información sanitaria (desinsectación) o declaración de enfermedades.
*   **Manifiesto de Carga (Cargo Manifest) y Air Waybill:** Su presentación es responsabilidad del **operador de la aeronave** o su agente autorizado.
    *   La declaración de mercancías para despacho es responsabilidad del declarante.

## Tripulación (Crew Members)
*   **CMC (Crew Member Certificate):** Certificado para identificación de tripulantes (sustituye pasaporte para entrada temporal por motivos de servicio). Debe ser legible por máquina. No reemplaza la licencia de vuelo.
*   Los Estados deben facilitar la entrada de tripulantes sin visado (visa-free) cuando llegan en servicio o para unirse a un vuelo (deadheading).

## Pasajeros Inadmisibles (Inadmissible Persons)
Si un pasajero es declarado inadmisible:
1.  El Estado debe notificar al operador sin demora.
2.  El operador es responsable de devolver a la persona (costo y transporte).
3.  El Estado debe consultar al operador sobre el plazo para la remoción.

## Equipaje Extraviado (Mishandled Baggage)
*   El equipaje separado involuntariamente de su dueño debe ser despachado bajo **arreglos simplificados**.
*   Los Estados deben permitir la **transferencia directa** de equipaje extraviado entre vuelos internacionales sin examen adicional (salvo por seguridad).
*   No se deben imponer multas o impuestos al operador por equipaje extraviado.

## Convención de Tokio (1963)
Otorga poderes al **Comandante de la aeronave** para desembarcar a cualquier persona que ponga en peligro la seguridad o el buen orden a bordo, en el territorio de cualquier Estado donde aterrice.

---

Apuntes de estudio gratuitos de pilotsyllabus.com. No sustituyen a la formación en una ATO aprobada.
